Proyecto del Gobierno en materia de jornada de trabajo y registro horario

Les comunicamos las pretensiones más importantes del gobierno en materia de jornada de trabajo y registro horario, las cuales en la actualidad se están discutiendo con la Conferencia Española de Organizaciones Empresariales (CEOE).
En el momento actual no existe acuerdo, sin embargo, es muy probable que el gobierno imponga de forma unilateral la reducción de jornada.
La intención del ejecutivo es que la jornada laboral en España pase de las 40 horas semanales actuales a 37,5 horas, sin merma salarial de ningún tipo.
La propuesta es la siguiente:

  • Horas de trabajo. La intención es pasar de la jornada laboral actual de 40 horas semanales a 37,5. La implantación sería progresiva, de manera que se empezaría con 38,5 horas semanales para alcanzar, en enero de 2025, las 37,5 al año siguiente.
  • El registro del horario. Obligatoriamente, deberá ser digital y permitir que se pueda identificar inequívocamente al trabajador. Además, la Inspección de Trabajo y los representantes sindicales tendrán acceso remoto a dichos registros, garantizando el acceso mediante un sistema con interoperabilidad que permita compartir e intercambiar su información y sus datos. Las empresas tendrán que conservar los registros durante cuatro años.
  • Sanciones administrativas. El Ministerio de Trabajo y Economía Social contempla multas de hasta 10.000 euros por trabajador a las empresas que incumplan con el registro horario y la reducción de la jornada semanal. Esto supone un endurecimiento de las sanciones actuales en materia de jornada por dos vías: en primer lugar, porque se multará a las empresas por cada trabajador con el que se incumplan las normas y no de manera global, y en segundo, porque el importe de las multas, tipificadas como infracción grave de los empresarios, serán más cuantiosas, pasando de un máximo de 7.500 euros a 10.000 euros.
  • Contratos a tiempo parcial. Según el borrador, los contratos a tiempo parcial con una prestación de trabajo de duración igual o superior a 38,5 horas semanales en 2024 o 37,5 horas en 2025 se convertirán automáticamente en contratos de trabajo a tiempo completo. En supuestos distintos, Trabajo establece que los trabajadores a tiempo parcial tendrán derecho a seguir realizando el mismo número de horas de trabajo que viniesen efectuando antes de la entrada en vigor de la norma que regula la reducción de jornada. Asimismo, tendrán derecho al incremento proporcional de su salario, según proceda.
  • Jornada reducida. Los trabajadores con jornada reducida tendrán derecho a seguir realizando el mismo número de horas que viniesen efectuando antes de la entrada en vigor de esta norma, con los mismos efectos salariales que los previstos para los contratados a tiempo parcial.
  • No se aumentarán las horas extraordinarias. En el documento de Trabajo no se contempla intercambiar jornada ordinaria por jornada extraordinaria, es decir, un aumento de las horas extraordinarias para compensar la rebaja de la jornada ordinaria o picos de trabajo.
  • Trabajadores autónomos. No hay modificaciones.

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